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INTERVENCIÓN EN HOMBRES QUE COMENTEN ACTOS DE VIOLENCIA 1. INTERVENCIÓN SOCIAL
La prevención social de la violencia y el delito consiste en la implementación de acciones, planes y proyectos, cuyo objetivo es reducir aquellos factores de riesgo que incrementan la probabilidad de ocurrencia de delitos, violencia interpersonal1 y percepción de inseguridad, es decir, disminuir aquellas condiciones presentes en los individuos, las familias, los grupos de pares, la escuela y/o en el barrio/comunidad que facilitan que una persona se involucre en actos violentos y/o delictuales. El Fondo, en su línea de prevención social del delito y la violencia interpersonal, apoyará iniciativas que apunten a prevenir delitos y actos de violencia, especialmente si dichas iniciativas ofrecen un abordaje integral y efectivo de los factores de riesgo que están a la base de las conductas ilícitas y/o violentas. A continuación se presentan orientaciones generales para algunos tipos de intervenciones que caen dentro de esta categoría. Estas orientaciones se ofrecen como guías acerca de lo que se espera observar en un proyecto para asegurar que esté directa y específicamente relacionado con la prevención del delito y la violencia, más que con otros problemas sociales que, aunque también son importantes, no son el principal foco de interés del Fondo. Sin perjuicio de la información que se presenta a continuación a modo de guía, el Fondo está abierto a la presentación de otros tipos de proyectos de prevención del delito y de la violencia interpersonal a través de la línea Innovación/otros prevención social (IPSO). Cabe destacar que la Subsecretaría de Prevención del Delito, en virtud de sus competencias institucionales, debe poner especial énfasis en población que ya presenta conductas transgresoras, por lo cual los proyectos que prioricen la atención de niños víctimas de vulneraciones de derechos y que no presenten conductas transgresoras, no serán admisibles en la categoría NNA, pudiendo estudiarse su financiamiento si postulan en la categoría IPSO. 1 Según el informe mundial sobre violencia y salud (2003), de la Organización Mundial de la Salud, clasifica los
comportamientos violentos dependiendo de quién comete el acto, quién es la víctima y a qué tipo de violencia ha
sido sometida. De esta manera, se plantean tres clases generales: la violencia auto infligida, la violencia
interpersonal y la violencia colectiva. La violencia interpersonal, se comprende por dos categorías, violencia intrafamiliar o de pareja y la violencia comunitaria producida por “individuos no relacionados entre sí y que pueden conocerse o no, lo que sucede generalmente fuera del hogar”. 2. INTERVENCIÓN EN HOMBRES QUE COMENTEN ACTOS DE VIOLENCIA
CONTRA SU PAREJA O EX PAREJA MUJER (AG)
El Fondo apoyará proyectos orientados a reducir el riesgo de reincidencia en actos de violencia contra la mujer en el contexto de relaciones de pareja actuales o pasadas, a partir de la intervención psicológica y/o psicoeducativa de hombres que hayan incurrido en este tipo de conductas. En términos generales, se asume que la violencia en el contexto de las relaciones de pareja constituye un comportamiento funcional (orientado al logro de un fin determinado que es distinto de la conducta violenta en sí misma) y aprendido, y que por tanto, se puede modificar mediante el desarrollo de habilidades y el aprendizaje de pautas de relación de pareja incompatibles con la violencia, entre otras medidas. Para efectos de diagnóstico, estos proyectos deberán reportar la magnitud del
fenómeno de la violencia intrafamiliar contra la mujer en la comuna o barrio focalizado. Para dar cuenta de dicha situación, deberán presentar datos referentes a denuncias, detenciones o victimización en violencia intrafamiliar. Además, se debe identificar la red de recursos institucionales existentes en la comuna o barrio, para el control de la violencia intrafamiliar (unidades policiales y juzgados de familia y de garantía), prevención y asistencia a víctimas del mismo fenómeno. La instalación de proyectos para el tratamiento de hombres que cometen actos de violencia requiere que el sector beneficiado cuente con, al menos, una oferta de servicios apropiada para responder a las necesidades de las víctimas. El objetivo de la intervención en este ámbito deberá plantearse como una
contribución a la interrupción de conductas de maltrato al interior de la pareja (actual o pasada) por medio del abordaje terapéutico especializado en población masculina agresora de niveles de riesgo bajo (es decir, casos de violencia esporádica coincidentes con períodos de estrés psicosocial en un contexto de relación fundamentalmente no-violento) a moderado (es decir, casos de violencia sistemática, psicológica o física leve, en los cuales la conducta de maltrato es exclusivamente intrafamiliar).
La metodología de intervención debe considerar que los modelos de
intervención más recomendado para intervenir ante el problema de la violencia contra la mujer son:  Modelo feminista-psicoeducacional: Originada por el Duluth Domestic
Abuse Intervention Project Program de Minnesota (o Modelo Duluth), sostiene que una de las causas primarias de la violencia doméstica radica en la ideología patriarcal y el permiso que la sociedad implícita o explícitamente otorga a los hombres para usar el poder y el control sobre las mujeres. En esencia, este modelo de intervención apunta a sustituir conductas violentas que forman parte de patrones de conducta incluyendo a la intimidación, los privilegios masculinos, el aislamiento emocional y el abuso económico (más que los incidentes de violencia física en sí mismos), y sustituirlos por conductas que permiten
establecer bases para relaciones igualitarias.
Modelo terapéutico Cognitivo-Conductual Grupal: Sostiene que las
conductas violentas son aprendidas y representan mecanismos disfuncionales. La violencia se refuerza a sí misma, pues resulta funcional para poner término temporalmente a situaciones poco confortables. Ello puede ir desde aliviar la tensión física-corporal hasta obtener la conformidad de la víctima; aportando simultáneamente al agresor sensaciones de poder y control. Reconociendo los aspectos funcionales (pragmáticos) de la violencia, los terapeutas analizan las múltiples aristas de esta conducta con los agresores, más allá de sus fines inmediatos. Adicionalmente, utilizan entrenamientos en habilidades y competencias y técnicas de control de la ira para promover el descubrimiento de alternativas a la violencia. Se ha incorporado al modelo, también, técnicas y principios de la Teoría del aprendizaje social (Bandura, 1977, Ellis, 1974). En este marco, se propone analizar e identificar aquellos factores de riesgo culturales que favorecerían la generación y mantención de la violencia. Para efectos de evaluación, estos proyectos deberán acreditar resultados
comparando el nivel de factores de riesgo de violencia intrafamiliar que presentan los agresores antes y después de la intervención (es posible aplicar instrumentos especializados como el Spousal Assault Risk Assessment - SARA), además de obtener información relativa a eventuales reincidencias en actos violentos. Dada la renuencia de los perpetradores de agresiones a mujeres a comparecer en instancias reparatorias o a asumir responsabilidad por sus acciones, se evaluará positivamente la inclusión de estrategias para promover su adhesión y adherencia al proyecto, ya sea por la vía de la implementación de estrategias motivacionales apropiadamente fundadas, como por medio de la coordinación previa con los juzgados pertinentes. A este respecto, se valorará el conocimiento y apoyo de los Juzgados correspondientes al alcance territorial del proyecto, lo cual se verificará a través de cartas de apoyo emanadas de dichas instancias. Dicho documento deberá establecer la voluntad de coordinar un sistema de derivación dentro de las atribuciones otorgadas al Tribunal. Como en el caso anterior, se considera que la disponibilidad de espacios apropiados para la intervención es una condición mínima para el éxito de las iniciativas, a este respecto se solicitará una carta de compromiso de la institución responsable del proyecto indicando la disponibilidad de espacios. Se valorará, igualmente, la provisión de un ítem de movilización para los beneficiarios, y en casos justificados, alimentación destinada a usuarios. Se deberán considerar los procedimientos adecuados para la rendición de dichos gastos.

Source: http://www.fnsp.gov.cl/filesapp/AG13.pdf

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