FEDERACIÓN ESPIRITISTA KARDECIANA DA LA FLORIDA, INC. (FEKDFLA)
P.O. BOX 526822 – Miami, Florida 33151, U.S.A.
“ESTATUTOS” DE LA FEDERACIÓN ESPIRITISTA KARDECIANA DE LA
Capítulo I Del Nombre, Constitución y Jurisdicción
Art. 1 – La agrupación (no lucrativa) que por estos Estatutos se regula, se donomina KARDECIAN SPIRITIST FEDERATION OF FLORIDA INCORPORATED (Federación Espiritista Kardeciana de la Florida, Inc., “FEKDFLA”). Art. 2 – Es un ente Jurídico de Derecho Privado, sin ánimo de lucro, constituído por agrupaciones militantes del movimiento Espiritista Kardeciano y creado con el fin de representar el Espiritismo Kardeciano de la Florida, en los Estados Unidos. Art. 3 – La Federación Espiritista Kardeciana de la Florida tiene como domicilio original la ciudad de Miami y podrá tener sedes o cambiar de domicilio por disposición de la Junta Directiva. Art. 4 – La Federación Espiritista Kardeciana de la Florida ha sido creada para una duración perpetua, pero podrá ser disuelta o transformada por resolución unánime de la Junta Directiva.
Capítulo II De Las Finalidades
Art. 5 – Las Finalidades de la Federación Espiritista Kardeciana de la Florida, (FEKDFLA) son las siguientes:
Aceptación de los Fundamentos del Espiritismo basados en:
Existencia de Dios, inteligencia suprema y causa primera de todas las cosas.
Existencia del alma, ligada durante la vida terrestre al cuerpo físico por un elemento intermediario, llamado periespíritu o cuerpo fluídico.
Inmortalidad del alma y su evolución continua hacia la perfección por etapas progresivas.
La posibilidad de comunicación, por la mediumnidad, entre el mundo visible y el invisible, o sea entre los vivos y los muertos.
Responsabilidad individual y colectiva entre todos los seres humanos, según la ley de casualidad y de justicia retributiva.
Estudiar sin excepción todo aquello referente al Espiritismo Científico, Filosófico y Moral, sus causas, efectos y leyes que rigen la vida Universal.
Divulgar ampliamente los fundamentos históricos, científicos, folosóficos y morales de la Doctrina Espiritista, codificada por Allan Kardec a través de Seminarios, Asambleas, Congresos y por todos los medios de comunicación vigentes.
Ofrecer a todos los miembros integrantes orientación, asesoría y capacitación a nivel Doctrinario, Administrativo y Asistencial.
Fomentar el intercambio de estudios, opiniones y experiencias con otras instituciones afines nacionales e internacionales.
Ser consecuente con los postulados de la fraternidad Universal contenidos en la Doctrina de los espiritus, para la realización de programas y proyetos en bien de la comunidad.
Capitulo III De Las Orientaciones
Art. 6 – La FEKDFLA acata y respeta la Constitución y las leyes de los Estados Unidos y en consecuencia:
a) Es estrictamente respetuosa con todas las religiones, filosofias y credos, ejerciendo un
comportamiento acorde con los Derechos Humanos.
b) No tiene ingerencias políticas ni diferencia de razas, nacionalidades, respetando siempre
Art. 7 – Por el conocimiento de las leyes que rigen el Universo, no asume posiciones de carácter ritualista, siendo ajena a toda aplicación fundamentada en dogmas, milagros, supersticiones, tabúes, poderes ocultos, hechizos, etc., siendo sus valores culturales el Espiritismo Científico, Filosófico y Moral.
Art. 8 – Rechaza enfáticamente el ejercicio de la mediumnidad lucrativa y el cobro, en alguna forma, por los servicios prestados a la comunidad.
Art. 9 – Rechaza la adoración de imágenes y de seres que hayan sobresalido en la ciencia, en la filosofía, en el arte, en la ética o en la religión, comprendiendo que son factores de la evolución espiritual.
Capitulo IV De Los Asociados Y Adheridos
Art. 10 – Pueden afiliarse a la Federación Espiritista Kardeciana de la Florida todas las Organizaciones Espiritistas Kardecianas, Centros, Ligas, Ateneos, Institutos, Bibliotecas, Librerías y personas independientes que profesen los ideales espiritistas kardecianos. Art. 11 – La afiliación a la FEKDFLA, se hará de la siguiente manera:
a) Las Organizaciones Espiritistas Kardecianas y Centros constituídos, (Organizaciones no
lucrativas), mediante la presentación por escrito, de una solicitud de ingreso estipulando: el nombre de la Institución, su Junta Directiva y dirección.
b) Las personas independientes mediante la presentación por escrito de una solicitud, adjuntando
concepto favorable de una Institución Espiritista Kardeciana, que respalde su petición.
c) Las Ligas, Ateneos, Institutos, Bibliotecas, Lebrerías, deberán presentar una solicitud por
escrito, estipulando razón social, dirección y labores a que se dedican.
PARAGRAFO: Las solicitudes de afiliación deben dirigirse a la Junta Directiva de la Federación para su estudio; su aprobación deberá ser por votación afirmativa, de las dos terceras partes de la Junta Directiva.
Art. 12 – La FEKDFLA tiene tres categorías de miembros:
a) AFILIADOS – Son los Centros Fundadores de esta Federación: Casa Espírita Kardeciana
Bezerra de Menezes, Ciencia Espiritista Kardeciana, Centro Amor a la Moral y Centro de Estudios Espiritistas Fuerzas Amigas de Miami y demás Instituciones que en forma seria y metódica, estudian, practican y duvulgan el Espiritismo Científico, Filosófico y Moral y que hayan sido aceptadas por la Junta Directiva.
b) ADHERIDOS – Los Centros, Ligas, Ateneos, Institutos, Bibliotecas, Librerías y personas
independientes que profesen ideales espiritistas pero que aún no llenan a plenitud los requisitos para ser catalogados como miembros afiliados.
c) HONORARIOS – Son las personas independientes, que por sus conocimientos, don de
esfuerzo, méritos, dignidad o autoridad le prestan servicios distinguidos al Espiritismo y a la FEKDFLA.
Capitulo V De Las Autoridades
Art. 13 – La FEKDFLA tiene los siguientes órganos directivos: La JUNTA DIRECTIVA, compuesta por dos miembros de cada una de las Instituciones afiliadas, dos suplentes y la ASAMBLEA GENERAL. Art. 14 – La ASAMBLEA GENERAL la forman los miembros afiliados, debidamente acreditados ante la Junta Directiva en proporción de cinco delegados por cada una de las Instituciones afiliadas, con derecho a voz y voto y los Adheridos, Honorarios, y Grupos Juveniles que sean invitados por la Junta Directiva. Art. 15 – La ASAMBLEA GENERAL de miembros será convocada por la Junta Directiva de la Federación a dos reuniónes anuales y a extraordinárias cada vez que sea necesario.
PARAGRAFO: Los Grupos Juveniles, Miembros Adheridos y Honorarios tendrán derecho al uso de la palabra y nó al voto dentro de la Asamblea General y solamente podrán asistir a las deliberaciones por invitación de la Junta Directiva. Art. 16 – La ASAMBLEA GENERAL será convocada por la Junta Directiva a reuniones extraordinarias, para los eventos en los cuales deben participar todas las Instituciones afiliadas. Art. 17 – Constituye quórum deliberativo para la Asambléa, un número no menor de la mitad más uno, de los votantes acreditados y presentes. Art. 18 – Las determinaciones de la Asamblea General se harán por el sistema de mayoría de votos. Art. 19 – Las funciones de la Asamblea General son:
a) Aprobar o desaprobar los informes de la Junta Directiva. b) Decreatar o fijar las cuotas extraordinárias solicitadas por la Junta Directiva en casos
c) Aprobar o desaprobar el Presupuesto presentado anualmente por la Junta Directiva de la
d) Desafiliar de la Federación, a petición de la Junta Directiva, a las Instituciones o personas a
las cuales se les puedan comprobar actos que van en contra del Espiritismo Científico, Filosófico y Moral.
e) Aprobar o desaprobar la reforma de Estatutos que por una u otra razón no pueda llevar a cabo
f) Las demás que señalen los presentes Estatutos.
Art. 20 – Las votaciones de la Asamblea General de la Federación, se harán por el sistema de votación secreta y el número de votos debe corresponder al mismo número de delegados presentes y acreditados.
Junta Directiva:
Art. 21 – La Junta Directiva de la FEKDFLA está compuesta de un Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario General, un Vice-Secretario, un Tesorero, un Vice-Tesorero, un Fiscal, un Vocal o los respectivos suplentes, nombrados y aprobados por las Instituciones afiliadas. PARAGRAFO: Componen la Junta Directiva ocho miembros, y a medida que aumentem las instituciones afiliadas, de hecho aumentará el número de directivos, siendo sus funciones ad-honorem, (gratuitamente); igualmente tendrán representación los grupos juveniles de las Instituciones afiliadas, los cuales serán invitados previamente por la Junta Directiva. Art. 22 – La posición directiva de cada uno de sus miembros se hará por elección entre los delegados de las Instituciones afiliadas y por el sistema de mayoría de votos. Art. 23 – Las decisiones y resoluciones de la Junta Directiva están sometidas al voto afirmativo o negativo de la mitad más uno del total de sus integrantes. Art. 24 – El período de duración de los cargos de la Junta Directiva será de dos años a partir de la fecha de su elección, y éstos pueden ser reelegidos para siguientes períodos o ser substituídos antes de terminar su periodo. Art. 25 – La designación de delegados para la Junta Directiva se hará en el mes de diciembre por cada una de las Instituciones afiliadas y tomará posición de su cargo en el mes de enero para el período de dos años. PARAGRAFO: En caso de renuncia de uno de los miembros de la Junta Directiva y ser aceptada por ésta, el suplente pasará a ocupar su cargo y la Institución que representa nombrará un nuevo suplente, excepto el presidente que será reemplazado por el vice presidente, y el resto de la Junta Directiva se someterá a nueva reestructuración de cargos.
Art. 26 – Al no poder ser elegida la Junta Directiva en la feha estabelecida en los Estatutos, la existente continuará en el ejercicio de sus funciones por un período máximo de treinta días, durante los cuales se debe hacer una nueva elección. Art 27 – Las atribuciones de la JUNTA DIRECTIVA son:
a) Convocar a la Asamblea General a sesiones ordinarias y extraordinarias con quince dias de
b) Estudiar, aprobar o rechazar las solicitudes de afiliación a la FEKDFLA. c) Disponer todo lo relacionado con la organización y el adecuado funcionamiento de la FEKDFLA
elaborando el Reglamento Interno de ésta y auxiliando a las Instituciones afiliadas para la elaboración de sus respectivos Reglamentos Internos, si no los tuviesen.
d) Reformar, enmendar o modificar los presentes Estatutos en aquellos puntos en que se haga
necesario para el buen funcionamiento de la FEDKFLA.
e) Estudiar y ordenar los proyectos presentados por las Organizaciones y sus integrantes,
supervisando la realización de los programas adelantados por los diferentes comités.
f) Responsabilizar a las Instituciones afiliadas por la vigilancia de boletines, folletos, revistas,
periódicos, entrevistas, grabaciones y mensajes que se den en nombre de la Doctrina, para que éstos lleven el verdadero sentido del Espiritismo Científico, Filosófico y Moral codificado por Allan Kardec.
g) Invitar a los socios honorarios , grupos juveniles y adheridos a las deliberaciones, cuando se haga
h) Las demás que le señalen los presentes estatutos.
Art. 28 – Son funciones del Presidente:
a) Ejercer la representación legal de la FEKDFLA en todos los eventos nacionales y internacionales
y donde sea necesaria para la divulgación de la Doctrina Espírita.
b) Presidir las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva. d) Ejercer completa inspección de todos los asuntos de la FEKDFLA y velar por el cimplimiento de
sus Estatutos, Reglamento Interno y de las Disposiciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
e) Las demás que le señalen los presentes estatutos.
Art. 29 – Son funciones del Vice-Presidente:
a) Reemplazar al presidente en sus funciones, en su ausencia temporal ou definitiva. b) Ofrecer asesoría y orientación a los miembros activos y adheridos a la FEKDFLA, en la
c) Organizar las actividades administrativas de la FEKDFLA. d) Fomentar el desarrollo espiritual de los miembros de la FEKDFLA y la extensión de sus
Art. 30 – Son funciones del Secretario General:
a) Llevar los libros de ACTAS de la Junta Directiva y Asamblea General. b) Llevar al día ordenadamente el archivo o fichero de todos los miembros de la FEKDFLA. c) Llevar técnicamente la estadística de la FEKDFLA. d) Tramitar la correspondecia general de la FEKDFLA. e) Informar a la Junta Directiva de todas las solicitudes dirigidas a la FEKDFLA. f) Comunicar con quince días de anticipación las convocatorias a reuniones ordinarias y
extraordinaria de la Asamblea General, haciendo conocer oficialmente sus resoluciones.
Art. 31 – Son funciones del Tesorero:
a) Presidir el Comité de Finanzas de la Federación en toda ocasión. b) Elaborar el presupuesto anual de la FEKDFLA y presentarlo a consideración de la Junta Directiva
c) Organizar y manejar la contabilidad y demás asuntos financieros de la FEKDFLA, haciendo los
cobros mensuales de las Instituciones y demás contribuciones con que se sostiene la FEKDFLA.
d) Rendir informes y presentar balances trimestrales a la Junta Directiva y anualmente a la Asamblea
e) Recaudar y administrar las finanzas de la FEKDFLA. f) Estabelecer una cuenta bancaria a nombre de la FEKDFLA con el registro de su firma y la del
a) Revisar y velar porque todas las actividades financieras, administrativas y estatutarias se ajusten a
b) Revisar actas, libros, archivos, ficheros y correspondencia de la FEKDFLA e informar a la Junta
Directiva o a la Asamblea General según correspondan las probables ireegularidades.
c) Velar por el estricto cumplimento de estos Estatutos y de lar normas internas de la FEKDFLA. d) Velar porque la imagen Espirita de todos los miembros de la Junta Directiva, sea conservada en
Capítulo VI Del Patrimonio
Art. 33 – La Federación Espiritista Kardeciana de la Florida tiene patrimonio propio, distinto e independiente del patrimonio de los Centros o personas afiliadas a la FEKDFLA. Es sujeto jurídico de derecho y obligaciones. Por ser una Entidad no lucrativa, no podrá repartir utilidades entre sus miembros y sus fondos serán manejados de acuerdo con los presentes estatutos. Art. 34 – El patrimonio de la FEKDFLA es adquirido a través de las cuotas de inscripciones, donaciones y demás contribuciones que se fijen en el Reglamento Interno de la Federación, y está formado por:
a) Los bienes, muebles e inmuebles que se adquieran a cualquier título, así como por la renta que
b) Con los ingresos que se obtengan por medio de donaciones, legados, subenciones y auxilios. c) Con el producto de los actos de beneficio que se realicen y con los recursos de cualquier género
que ingresen por otros conceptos lícitos.
Art. 35 – La Federación Espiritista Kardeciana de la Florida podrá adquirir toda clase de bienes que necesite para llevar a cabo sus objetivos, por compra o cualquier otro título. Asimismo podrá arrendarlos, contraer obligaciones, realizar operaciones bancarias y otras lícitas y necesarias para el cumplimiento de sus fines, ajustándose a la legislación y las leyes que rigen en los Estados Unidos, y con aproación de la Junta Directiva.
Capítulo VII De La Disolución Y Liquidación
Art. 36 – Serán motivos para la disolución y liquidación de la FEKDFLA los siguientes:
a) Por incurrir en actos que atenten contra los principios morales de la Doctrina Espiritista. b) Por disposiciones legales c) Por excesiva influencia de otras Doctrinas o Filosofías que no concuerdan con los postulados del
Espiritismo Científico, Filosófico y Moral, codificado por Allan Kardec.
d) Por resolución unánime de todos sus miembros.
Art. 37 – En caso de disolución y liquidación de la Federación, la totalidad de sus bienes serán legados a la Entidad Espírita Nacional, legalmente constituída, que en el momento rija el movimiento Espiritista Kardeciano en los Estados Unidos siguiendo las últimas publicaciones que estén en rigor, sobre las regulaciones de las corporaciones no lucrativas de este País, de acuerdo con el Internal Revenue.
Capítulo VIII Disposiciones Varias
Art. 38 – Se señala el día 18 de Abril como fecha oficial de la Fundación de la FEKDFLA, fecha en que se celebró la primera reunión para iniciar la Junta Directiva. Art. 39 – Para considerearse totalmente afiliadas a la Federación Espiritista Kardeciana de la Florida, las instituciones o personas deberán estar al día en los pagos de inscripción y cuotas que se fijen en el Reglamento Interno de la FEKDFLA.
Capítulo IX De La Vigencia Art. 40 – Los presentes Estatutos comienzan a regir desde la fecha de su aprobación . NOTA: La reforma de estos estatutos, se llevó a cabo por iniciativa de Ciencia Espiritista Kardeciana, y discutida en la Asamblea General por todos los Delegados de las Instituciones afiliadas, fue aprobada, el día 18 de Febrero de 1989. CERTIFICAMOS: Los abajo firmantes y miembros de la Junta Directiva de la Federación Espiritista Kardeciana de la Florida, haber leído detenidamente los presentes Estatutos con su aceptación total. Presidente, Delegado de casa Espírita Kardeciana Bezerra de Menezes. Vice-Presidente, Delegada del Centro de Estudios Espiritistas Fuerzas Amigas de Miami. Secretario General, Delegado de Ciencia Espiritista Kardeciana. Tesorero, Delegado del Centro Amor a la Moral. Caracteres Filosoficos Del Espiritismo:
1. Constituye en el orden psicológico una ciencia positiva y experimental. 2. Es la forma contemporánea de la Revelación Espiritual. 3. Marca una etapa revolucionaria en el progreso espiritual de la humanidad. 4. Enaltece la razón, fomenta el sentimiento y satisface la conciencia. 5. Da solución a los más difíciles problemas sociales, morales y espirituales. 6. No impone creencias, sino invita al estudio y la reflexión. 7. Realiza una síntesis cientítica, filosófica y moral que responde a una necesidad del progreso histórico.
Wicklow Way Record Run (Saturday 13th September, 2008) Sunday evening and I’m looking at the long term weather forecast after the nine O’clock news. Rain rain rain rain, but on Saturday it looks like there’ll be a gap, and judging by the pressure patterns there won’t be much wind either. Five days is an eternity in long term weather prediction, particularly in such a fluid chan
Doping, Nikotin, Alkohol und andere Drogen 5 74 5 Doping, Nikotin, Alkohol 75 und andere Drogen 5.1 Doping Definition des Dopings gannen, die Probleme des Dopings zu bespre-chen, ging es vor allem um jene Substanzen, diesuch eines Spielers, selbst oder auf Anstiftungstimulierende und enthemmende Wirkungen ver-einer anderen Person seine mentale und körp